Convocamos a la ELECCIÓN DE DELEGADOS

"En un régimen de plena democracia sindical, es normal que la designación de los trabajadores que han de desempeñarse como delegados se realice mediante la manifestación de la voluntad de sus representados a través de un acto electoral" (Manual del delegado SADOP)

17 de Mayo 2012

Para Organizarnos desde cada Colegio y Defender nuestros derechos.
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Informate en SADOP, España 1280 ó escribinos a sadopctes.sindicato@gmail.com 

Estamos para informarte!

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CRITERIOS PARA ELECCION DE DELEGADOS.-

 

1º) DELEGADOS DEL SADOP EN TODAS LAS ESCUELAS.-

 

La elección de delegados de personal reviste una singular importancia para el desarrollo de toda asociación sindical y para la efectiva concreción del programa de acción sindical en los lugares de trabajo.

En consecuencia, promover efectivamente que en toda escuela de gestión privada existan delegados de personal del SADOP es la forma más inmediata y directa de toda gestión y política gremial.

La Secretaría Gremial del SADOP pone el acento y un muy particular énfasis en promocionar, con todos los medios disponibles, la concreción de más delegados todas las escuelas privadas.

La capacitación sindical, asimismo, es imprescindible.

Más y mejores delegados en todas las escuelas privadas, es una consigna o  propósito indeclinable de la gestión 2011/2015.

 2º) CONVOCATORIA A ELECCION DE DELEGADOS.-

El procedimiento de convocatoria resulta del art. 25 del Decreto Reglamentario de la Ley (Decreto PEN 467/1988).

La Convocatoria es efectuada por la asociación sindical y debe ser dada a publicidad, para conocimiento de todos los trabajadores del establecimiento o lugar de trabajo, con una anticipación no menor a 10 días hábiles del acto electoral.

El acto se desarrolla con padrón, confeccionado con los trabajadores del establecimiento educativo y con cuarto oscuro y urna electoral, actas de inicio y de cierre y escrutinio.

La designación de los miembros electos debe ser notificada al empleador en forma fehaciente (telegrama, carta documento, por escribano, etc), dentro de las 48 horas de la elección.

Según el estatuto social del SADOP, por el artículo 69 incisos g) y i), incumbe a las Seccionales  y a las Delegaciones  “organizar los cuerpos de delegados” y “convocar a elecciones de Delegados en los establecimientos”.

También el Consejo Directivo Nacional -artículo 47º y concordantes de los Estatutos Sociales-, en ejercicio de las atribuciones que resultan del artículo 40º  y siguientes de la ley 23.551 y artículo 25º y concordantes del Decreto Reglamentario 467/1988, resulta materialmente competente y está facultado para convocar elecciones de delegados en las escuelas privadas.

 3º) INSTRUCTIVO.-

En la práctica cotidiana de gestión sindical, el SADOP adoptó un instructivo, desde varios años atrás, que resulta adecuado y ha demostrado, en la práctica, ser suficientemente formal como para garantizar la protección de los delegados de personal.

En consecuencia, resulta recomendable continuar utilizándolo en la práctica para la redacción de las formalidades del acto eleccionario y notificación al empleador y administración del trabajo.

Sugerimos que el instituto de la dispensa del año de antigüedad en la afiliación, que reglamenta el estatuto del SADOP en el artículo 109, no se invoque en los casos concretos, ya que años atrás fue objeto de cuestionamiento por el Ministerio de Trabajo de la Nación, ante una impugnación formal de empleadores, durante la gestión de la Lic. Patricia Bullrich.

A fin de evitar planteos de nulidad en la elección de delegados, es conveniente que los candidatos de delegados de personal del SADOP cuenten con un año de antigüedad en la afiliación, a fin de cumplir el requisito del artículo 41 inciso a) de la ley 23.551, salvo en las escuelas de reciente creación, donde resulta posible obviar el requisito, según prevée el artículo 41º de la ley, último párrafo.

Asimismo, teniendo en cuenta la necesidad de contar con un registro de los delegados gremiales de todo el país, se instrumentará un procedimiento que incluya, luego de efectuada la elección de Delegados, y en forma simultánea la

REMISIÓN DE COPIA DE LA CARTA DOCUMENTO QUE COMUNICA RESULTADO DE LA ELECCIÓN AL EMPLEADOR A LA SECRETARÍA GREMIAL DE SADOP NACIÓN CON SU CORRESPONDIENTE AVISO DE RECIBO.

 

 

SADOP Delegación Corrientes

España 1280 Corrientes - TE/FAX: 379-4428211

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